
jueves, 22 de octubre de 2009
Siguen los incumplimientos

miércoles, 21 de octubre de 2009
Programa en canalextremadura
El lunes 19 fue emitido en Canal Extremadura, un programa sobre el ruido en extremadura: http://tv.canalextremadura.es/tv-a-la-carta/videos/soy-vecino-un-vecino-llamado-ruido.
Es muy interesante escuchar las declaraciones del Sr. Jurado, Concejal de Movilidad y Seguridad Ciudadana de Cáceres, y después compararlas con las manifestaciones en el diario Hoy el día en que Cacereños Contra el Ruido acudió a la tutela judicial para impugnar la Ordenanza Municipal por él proyectada. Es curioso, recomienda que el ciudadano acuda al juez, y cuando lo hacemos nos lo recrimina.
Play Cáceres 2009. Continúa la ignominia

Así, tendrán lugar las actuaciones de Maggot Brain en el Carpe Diem (22'00 horas); Los Finoquintas en Aldana (22'30 horas); Los increibles Alfafadores en el Barroco (23'00 horas) y Aché Latin Jazz en el Corral de las Cigüeñas (20'00 horas), etc. etc.
¿No quedamos en que los poderes públicos están sometidos al imperio de la Ley?

jueves, 15 de octubre de 2009
Discoteca clausurada en Badajoz
martes, 6 de octubre de 2009
Alcalde condenado por prevaricación medioambiental
El Alcalde de Vila-Real, Nanuel Vilanova Goterris, del Partido Popular, ha sido condenado por el Tribunal Supremo a un año y medio de prisión y ocho de inhabilitación por delito de "prevaricación mediambiental", por "su reiterada conducta de pasividad y desprecio hacia los intereses de sus ciudadanos" que denunciaron reiteradamente el ruido procedente del generador de una fábrica de cerámica.lunes, 5 de octubre de 2009
Festejos susceptibles de causar molestias
En Las Palmas de Gran Canaria una comunidad de propietarios solicitó del Ayuntamiento que trasladara el lugar de celebración del Carnaval, al considerar que era perjudicial para los residentes y que les impedía el debido descanso. Ante el silencio, primero, y la resolución desestimatoria del Alcalde, posteriormente, los vecinos recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia. La razón les fue dada con la estimación de la demanda, y en cuya sentencia se determinaba que: "En el estudio del fondo de la cuestión planteada se aprecia inicialmente que en efecto el festejo es una actividad susceptible de causar molestias no ligeras a los vecinos y, aunque se ponderan el interés público de aquel festejo y el arraigo popular del mismo, se declara que el Ayuntamiento como Administración publica, incluso aunque la cuestión implique un desgaste político, debe actuar en defensa de la legalidad vigente y con respeto de la reglamentación sobre actividades molestas.
A partir de ello se entiende que el Ayuntamiento está obligado a la estricta observancia del Reglamento antes citado de 30 de noviembre de 1961, siendo un problema municipal la armonización de los intereses de la población en la celebración del festejo y los legítimos intereses de los vecinos, que no pueden ser gravados con las molestias que deben padecer durante tres semanas impidiéndoseles la tranquilidad y el descanso.
Por ello se entiende no conforme a derecho la resolución del Alcalde impugnada que se anula, y se declara que el Ayuntamiento debe decidir la instalación del festejo en otro lugar que no coincida con el que venia siendo tradicional. En estos términos se estima el recurso contencioso administrativo interpuesto"
Ante la estimación de la demanda el Ayuntamiento recurrió en casación la Sentencia ante el Tribunal Supremo, quien según Sentencia de 13/04/2005 desestimó lo alegado por el Ayuntamiento y confirmó la del Tribunal Superior. El Alto Tribunal en una interesante sentencia, entre otras cosas, dice: "Hay que tener en cuenta cual es el bien jurídicamente protegido por el Reglamento de 30 de noviembre de 1961, y este bien es entre otros el mantenimiento de la tranquilidad publica que desde luego no se asegura cuando durante un tiempo considerable la Administración permite la producción de ruidos que causan molestias al vecindario e impiden o dificultan el descanso nocturno. Por otra parte en modo alguno se desprende del propio Reglamento de Actividades Clasificadas que solo deba aplicarse a las de carácter permanente, por lo que hemos de estar al tenor de su normativa y sobre todo del bien jurídico protegido. Además de ello es claro que recientemente por nuestra jurisprudencia y por la del Tribunal Constitucional, amen del propio Tribunal Superior de Justicia Europeo, se está procurando cuidadosamente la protección contra las contaminaciones acústicas que no son tolerables y no deben ser padecidas por la población en general o por el vecindario próximo en particular".
sábado, 3 de octubre de 2009
La contaminación acústica en nuestras ciudades
LA CAIXA. Colección de Estudios Sociales:
Volumen 12:
Autores: Benjamín García y Francisco Javier Garrido
La contaminación acústica es un problema cada vez más preocupante en nuestras ciudades. Aun cuando se reconoce que la vida en la ciudad es cada vez más ruidosa, no se concede a este hecho la importancia que merece, ni se aportan los medios necesarios para erradicar el problema. Se acepta como un mal menor, que no encuentra el rechazo frontal de los ciudadanos, aunque estén invadidos, de forma continua y omnipresente, por este fenómeno. El estudio de la Fundación "la Caixa", La contaminación acústica en nuestras ciudades, tiene por objetivo profundizar en las características de la contaminación acústica para que el lector pueda disponer de un documento que le permita conocer la complejidad del problema desde una perspectiva social.
Según los autores del estudio, los campos en los que hay que demostrar que se quiere afrontar el problema son: el campo del conocimiento o de la objetivación de los datos; el campo de las normas o de la legislación; el campo de las acciones concretas o de las vías de solución y, finalmente, el campo de la información-formación, para implicar a los ciudadanos.
Los autores proponen estas cuatro líneas de actuación. En primer lugar: informar a la población para dar a conocer la magnitud del problema; en segundo lugar: formar y educar a los causantes de la contaminación acústica; en tercer lugar: marcarse un objetivo más amplio para pasar de la cultura del ruido a la cultura del silencio; y, finalmente: aprovechar todos los recursos, esfuerzos y voluntades a favor de un progreso en la solución del problema.
viernes, 2 de octubre de 2009
Continúa la desidia
"Botellón" de unos 8.000 ó 9.000 jóvenes, en la madrugada del jueves al viernes, en el ferial; lugar donde el Ayuntamiento ha establecido el "redil" para que estos borregos den suelta a su incívica y dañina forma de divertirse. A media noche, debido al comportamiento de muchos de estos borrachos, la empresa de autobuses suspendió el servicio. Ya de madrugada terminaron "su particular" juerga" en el casco urbano de la ciudad, por ejemplo en la Madrila, donde ocasionaron toda clase de molestias y destrozos, arrojaron botellas y vasos, aliviaron sus vejigas y algo más, gritaron y berrearon, ante la pasividad de la Autoridad incompetente y sus agentes.Por eso a las 3'45 de la madrugada del jueves al viernes ya no podía más. La cabeza me dolía y no conseguía conciliar el sueño. Las voces, chillidos, cánticos, botellazos contra el suelo o paredes y los coches con música o sonando el claxon, me lo impedían. Así estuvieron hasta las nueve de la mañana. A las cuatro me levanté y desde la ventana pude ver que los coches circulaban por Santa Teresa de Jesús, a pesar de que el Concejal Sr. Jurado diga que ha descendido el ruido un 50 % desde que se corta el tráfico en esta calle. Por la mañana, a las 8'00 una patrulla de la Policía Nacional permanecía estacionada en la Plaza de Albatros, impasible. Me dijeron, cuando les pregunté, que la Ley de Ocio es competencia de "la Local". A los cinco minutos una de "la local" circulaba por Albatros, rebasó a la de "la Nacional", y prosiguió su marcha triunfal "apatrullando" la ciudad. Las botellas seguían volando por los aires, las voces continuaban...mientras se comenzaba a ver a algunos transeuntes con cara de sueño, adormilados, camino de su lugar de trabajo. Esta noche más de lo mismo, y mañana más. Así otro fin de semana, así otro mes, así otro año.
jueves, 1 de octubre de 2009
Cuando las barbas de tu vecino veas rasurar...
La Sentencia del Alto Tribunal finaliza:
...ordenamos al Ayuntamiento de Vélez-Málaga
a. Que cumpla y haga cumplir la normativa legal vigente sobre control de ruidos, que ejerza las medidas necesarias para conseguir que las perturbaciones por ruidos y vibraciones no excedan de los límites que se establecen en el Reglamento de Calidad del Aire, Decreto de la Junta de Andalucía 74/1996, adoptando los acuerdos pertinentes e inmediatos y ejecutándolos para evitar las perturbaciones por ruidos intolerables y la contaminación acústica que afectan a los derechos fundamentales a la integridad física y moral, a la intimidad personal y familiar y a la inviolabilidad del domicilio de los recurrentes.
b. Que efectúe el control de la efectiva insonorización de los locales que se identifican en el escrito de los recurrentes presentado el 11 de junio de 2001, y el establecimiento de equipos limitadores-controladores, conforme a la normativa vigente y proceda a la inmediata clausura de los locales que la incumplan, conforme establece el artículo 42 del citado Reglamento así como las medidas correctoras previstas en el artículo 69 de la Ley 7/1994, de Protección Ambiental, e incluso la anulación de las licencias otorgadas a los locales que no cumplan la legislación.
c. Que, en su caso, se proceda a la clausura de las actividades que carezcan de licencia municipal y la de aquellas que contravengan y excedan su actividad de la licencia que pudieran disponer.
d. Que ejecute aquellas órdenes de clausura ya dictadas y adopte las medidas oportunas para la ejecución efectiva de los cierres acordados en el plazo de un mes a partir de la notificación de esta Sentencia al Ayuntamiento de Vélez-Málaga.
4º Que condenamos al Ayuntamiento de Vélez-Málaga a indemnizar a cada uno de los recurrentes, por los daños soportados hasta el 16 de junio de 2003, con la cantidad de 156.260 €.
5º Que condenamos también al Ayuntamiento de Vélez-Málaga a que indemnice a cada recurrente los daños y perjuicios sufridos a partir de la notificación de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga de 16 de junio de 2003, dictada en el presente recurso, en un importe que deberá fijarse en ejecución de Sentencia con arreglo a las bases definidas en el fundamento séptimo.
6º Que imponemos al Ayuntamiento de Vélez-Málaga las costas de su recurso de casación en los términos señalados en el último de los fundamentos y no hacemos imposición de las de la instancia de doña María Eulalia y otros, debiendo correr cada parte con las suyas del recurso de casación
Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficial de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Ya están aquí
"Ya están aquí". Así comenzaba un artículo del diario HOY referido a los "universitarios" que celebraban el comienzo del curso, con esa horrible costumbre arcaica y denigrante, de someter a los nuevos a toda clase de tropelías, y que se convierte en una excusa para organizar un botellón por toda la ciudad, incumpliendo la Ley de Ocio de Extremadura y con el consentimiento de Autoridades cada vez menos competentes. Efectivamente: ya están aquí para desgracia de muchos, principalmente de los barrios más castigados por la contaminación acústica, por la suciedad y por el deterioro de sus instalaciones. Esta horda de "universitarios", que durante dos días no hicieron más que molestar, se instalaron durante toda la tarde en la Plaza de Albatros (la Madrila), bebiendo, rompiendo botellas, gritando y berreando, meando y... A las ocho de la tarde una de estas "universitarias" accedió a mi portal, a la planta baja y ante la puerta de una vivienda SE MEÓ Y SE CAGÓ.martes, 29 de septiembre de 2009
Informe del Defensor del Pueblo 2008
Una vez más el Defensor del Pueblo, en su informe presentado a las Cortes Generales en 2009, se ve en la obligación de hacer amplia mención, en el capítulo de medio ambiente, a la contaminación acústica, generada por varias causas, entre las que se encuentra la producida por verbenas, fiestas populares y el conocido como "botellón", o por las actividades clasificadas (bares, terrazas, etc.).
Lamentablemente, en el amplio capítulo dedicado a las Administraciones que incumplen retrasando los requerimientos del Defensor del Pueblo, figura nuestro Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
Publicidad contaminante
Pza. de la Concepción
Los vecinos de la plaza de la Concepción no aguantan más y recogen firmas para dirigir un escrito al Ayuntamiento exigiendo que termine con la práctica del botellón en este céntrico barrio... leer noticia diario Hoysábado, 26 de septiembre de 2009
Impugnación ante el TSJ de la Ordenanza sobre Ruidos


Ninguna de las 22 alegaciones que entonces se hicieron merecieron respuesta alguna del Consistorio, así como la entrevista que le solicitamos al Sr. Carlos Jurado, Concejal de Seguridad Ciudadana. Por eso es inaudito que el Sr. Concejal se descuelgue con unas manifestaciones en la prensa local desacreditando a esta Asociación y acusándonos de "querer cerrar los bares" o "dejar a la Ciudad sin Ordenanza", y otras sandeces semejantes. Si eso teme es porque no estará muy seguro de su redacción. Por otra parte es lamentable que desde las Instituciones se pretenda echar a las "patas de los caballos" a un colectivo que lucha en los tribunales por sus derechos.
Le tenemos que recordar que el derecho constitucional a la tutela judicial es la garantía esencial de un Estado de Derecho. Y que hemos ejercido este derecho después de intentar por todos los medios que no se consumase semejante tropelía con la nueva redacción dada a la norma municipal.
Una vez más se demuestra donde se encuentra el "enemigo" de los afectados por la contaminación acústica: en la Administración.

Pero aún es más incomprensible las declaraciones en la Prensa de Miguel Salazar, Presidente de la Asociación La Madrila-Peña del Cura, desacreditando la acción emprendida por Cacereños Contra el Ruido. Después de estar año tras año amenazando con acudir a los tribunales (15-11-2007 diario Hoy) ; (05-04-2009 diario Hoy) por la situación de contaminación acústica que ambos barrios sufren, ahora dice que no es el camino y descalifica la acción emprendida por nuestra Asociación.
Debe saber la opinión pública que el pasado mes de Agosto se le hizo entrega de un escrito firmado por 73 socios en el que se le exigía que impugnara la Ordenanza, de lo que ni siquiera se ha dado por enterado. Por lo que lo declarado en prensa es su opinión particular y no la de la Asociación La Madrila-Peña del Cura.
A pesar de todo ello, nuestra postura se mantendrá firme, en el convencimiento de que la razón nos asiste, y pacientemente, pero en alerta, esperaremos la resolución del Tribunal, a quien a su justa consideración sometemos esta causa.
Por la Asamblea de la Asociación. Su Presidente