lunes, 26 de abril de 2010

Día Internacional sin Ruido 2010


El miércoles día 28 se celebra el día Internacional de Concienciación sobre la Contaminación Acústica. En estas fechas queremos recordar que nuestra ciudad es extremadamente ruidosa, y que actualmente está demostrado que la contaminación acústica produce un terrible daño, tanto fisiológico como psicosomático. El ruido en nuestra ciudad es continuo (Vehículos, obras, publicidad sonora, limpieza, espectáculos-conciertos, locales sin insonorizar, zonas saturadas, berridos y voces, motos sin silenciador, coches con música insoportable, etc.), haciéndose más insoportable y dañino en horario nocturno y en las zonas “saturadas”.

Por ello desde aquí y representando el sentir mayoritario de un gran número de ciudadanos, nuevamente hacemos una petición concreta, es decir que se utilicen los medios necesarios para impedir las molestias y ruidos que de manera constante sufrimos.

Sabemos que debemos abordar el examen de la cuestión planteada coincidiendo con la Administración en determinados aspectos, por ejemplo, en que la "movida" es un fenómeno sociológico producto de causas heterogéneas. Pero hemos de decir que una de ellas es, no sólo la permisividad de las autoridades, sino la promoción por parte de algunas. Esta situación está causando verdaderos estragos en la Sociedad por el abuso del consumo de alcohol y drogas, violencia en las personas y bienes y molestias a los vecinos de aquellas zonas que por una u otra causa son elegidas para divertirse.

También es cierto que no puede el Ayuntamiento usar métodos represivos salvajes ni impedir concentraciones de jóvenes o el consumo de alcohol o la utilización de vehículos de motor y que – como se nos dice en ocasiones - la responsabilidad de los padres, educadores y de la sociedad en general no es ajena al fenómeno, porque la falta de educación, cultura, solidaridad y civismo de nuestros jóvenes son la causa de los efectos indeseables de este fenómeno social. Compartimos igualmente que no sólo la Administración Municipal, sino la del Estado y Comunidad Autónoma en el ámbito de sus respectivas competencias puede combatir, mediante el ejercicio de la acción policial correspondiente, el tráfico de estupefacientes, la violencia callejera, etc. para que se haga efectiva la Seguridad Ciudadana.

Ahora bien, no estamos exigiendo aquí a los padres, educadores, a la Sociedad, sino denunciando una inactividad de la Administración Central, Autonómica o Municipal denunciada por los vecinos afectados en una concreta zona de movida y particularizada en cuestiones concretas relativas a impedir el consumo de bebidas alcohólicas en la calle, la utilización de aparatos musicales de gran potencia en la calle o en los establecimientos de bebidas, control de ruido de motocicletas, que se transgredan los horarios de cierre, e impedir a los transeúntes que voceen, canten o escandalicen hasta el punto de no permitir el descanso y el sueño a los residentes.

Siendo plausibles todas las medidas legislativas, las encaminadas a paliar los efectos nocivos, las preventivas educativas y alternativas que ponen de manifiesto la voluntad de la Autoridad de hacer frente al problema, con bandos municipales sobre el silencio y ordenanzas sobre la contaminación acústica, o normativa sobre ruido por parte del Poder autonómico, nuestra experiencia pone de manifiesto que la permisividad por una parte y la inactividad por otra contribuyen a las molestias y ruidos que impiden el descanso de los vecinos. En efecto no basta con regular mediante las oportunas Ordenanzas la protección del medio ambiente, la prohibición de venta de alcohol fuera de los establecimientos que tengan licencia para ello, la limpieza en los lugares públicos, sino que con los medios adecuados hacer efectivas dichas Ordenanzas impidiendo se sobrepasen los límites de emisión de ruidos procediendo al cierre de los establecimientos que lo incumplan e incluso dispersando las concentraciones de jóvenes cuando se sobrepasan dichos límites. No se trata de ejercer una represión policial, sino dentro de los límites de dicha función denunciar una y otra vez las infracciones administrativas, incomodar y disuadir sin descanso a los ciudadanos en sus incívicos comportamientos y no favorecer bajo ningún concepto extralimitaciones, porque los derechos a divertirse y reunirse deben encontrar sus límites en los derechos de los demás ciudadanos al descanso y a la propia vida entendida en un sentido amplio no sólo físico, que se ven menoscabados al no adoptar la Administración las medidas adecuadas y suficientes para paliar al menos en parte los efectos negativos aquí concretados.

Consideramos que se pueden adoptar medidas de control adecuadas para evitar el ruido, con una dotación policial adecuada que exija en todo momento el cumplimiento de cuantas normas y Ordenanzas estén vigentes en sus estrictos términos.

A la Administración le incumbe en su función de policía el cumplimiento del deber de vigilancia de horarios de cierre, emisión de ruidos de bares, vehículos, etc. y de la situación alcanzada y que sufren los ciudadanos se desprende que existe inactividad administrativa, que perjudica indudablemente a los vecinos de la zonas que han de soportar la incomodidad para descansar en sus propias viviendas por el exceso de ruidos que impiden el descanso nocturno y otras molestias que no tienen el deber jurídico de soportar y que se pueden paliar, si la Administración en el ámbito de su competencia no hace dejación de su función y adopta cuantas medidas sean necesarias para exigir el cumplimiento de la Ley haciendo posible que el ejercicio de un derecho por parte de un sector de la población no menoscabe los derechos de los vecinos de la zona en la que se concentran.

Ciertamente dichas medidas resultan impopulares y pueden tener un coste electoral por parte del sector afectado pero no hay que olvidar que la Administración como proclama el artículo 103 de la Constitución debe servir con objetividad los intereses generales con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho así como o a los fines que la justifican (artículo 106 de la Constitución). Tampoco olvide el político que el no paliar esta situación también le puede acarrear un coste no deseado.