Ante la falta de rigor y de verificación o contraste con otras fuentes por
parte de algunos medios de comunicación en el contenido de alguna de las
noticias publicadas en el día de hoy, entendemos del todo necesario hacer las
siguientes apreciaciones:
1.- EN NINGÚN MOMENTO SE HAN INCOADO DILIGENCIAS PENALES POR LA
COMISIÓN DE UN DELITO DE FALSIFICACIÓN. Se trata de una
consideración o petición cursada en un momento de la práctica de una diligencia
por parte de la defensa de algunos querellados. Petición y manifestación que
está valorando el órgano judicial correspondiente y que fue debidamente
rebatida en el mismo acto, al considerarla infundada e injustificada. Se está
dando carta de naturaleza como realidad a lo que es una pretensión o apreciación
de parte, sin atender a los argumentos de contrario y sin esperar a las
consideraciones de la juzgadora. Una cosa es lo que pidan, otra lo que la
Justicia decida.
2.- El INSTRUCTOR DEL INFORME DEL SEPRONA SE RATIFICÓ EN
EL INFORME EMITIDO EN SU DÍA SOBRE LA COMISIÓN DE UN DELITO CONTRA EL MEDIO
AMBIENTE, si bien alegó que unas anotaciones hechas en una fotocopia a mano
a modo aclaratorio no las había hecho él, pero sí consta en su informe la
identificación y descripción detallada del origen del ruido que coincide
exactamente con los locales objeto de la querella. Lo demás será también labor
de la justicia valorarlo y del sentido común interpretarlo.
A mayor abundamiento, EL ORIGINAL DEL INFORME ESTÁ TAMBIÉN EN EL
JUZGADO, EN MANOS DEL MINSITERIO FISCAL Y, POR ENDE, ES ABSURDA TODA TEORÍA
TENDENTE A HABLAR DE "MANIPULACIÓN o FALSIFICACIÓN", o que la
resolución de la Audiencia se deba revisar o se haya basado en una manipulación
o presunta falsificación.
3.- EL AUTO DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DICTANDO LAS MEDIDAS CAUTELARES NO SE
BASA DE MODO ALGUNO EN ESAS ANOTACIONES O ACLARACIONES HECHAS A MANO SOBRE LA
DENOMINACIÓN DE LOS LOCALES PERFECTAMENTE IDENTIFICABLES, SINO EN SU UBICACIÓN POR
LA CALLE Y NÚMERO EN QUE SE ENCUENTRAN, SIENDO BASTANTE ESCLARECEDOR EN ESTE
SENTIDO EL INFORME DEL SEPRONA. Así, todo el mundo sabe qué locales
se encuentran en la calle Dr. Fleming, en la calle Niza y en la Plaza de
Albatros, siendo que el hecho de que se pusiera el nombre de los mismos
en un croquis obrante en una fotocopia, a efectos esclarecedores, pueda suponer
manipulación alguna. Y sí entendemos y calificamos de manipulación y
presión tendenciosa las informaciones o filtraciones difundidas en estos
términos.
ES MÁS, EL PROPIO AGENTE INSTRUCTOR DEL INFORME RECONOCIÓ EN LA DECLARACIÓN
PRACTICADA EN EL DÍA DE AYER QUE, EN CASO DE AMPLIARSE EL MISMO TAL Y COMO
SOLICITÓ ESTA PARTE EN SU QUERELLA A ESOS EFECTOS, LLEGARÍA A LAS MISMAS
CONCLUSIONES E IDENTIFICACIÓN DE ESOS LOCALES.
HABLAR DE MANIPULACIÓN ES DEL TODO ABSURDO Y, SIN DUDA, UNA
ESTRATEGIA MÁS PARA OBTENER EL ALZAMIENTO DE LAS MEDIDAS POR LA VÍA RÁPIDA A
LA VISTA DE QUE LA JUNTA ADVIERTE DE QUE LAS MEDICIONES TENDENTES A VER SI SE
PUEDE O NO LEVANTAR LAS MEDIDAS NO PODRÁN REALIZARSE HASTA SEPTIEMBRE.
4.- LAS MEDIDAS CAUTELARES NO SOLO SE ADOPTARON EN BASE A LAS
MEDICIONES DE ESE INFORME, SINO TAMBIÉN EN BASE A LAS DECENAS Y DECENAS DE
DENUNCIAS interpuestas individualmente por los perjudicados en vía
administrativa y el reiterado incumplimiento de la normativa de esos locales.
Incumplimiento corroborado por el propio Instructor del Informe.
5.- Manifestamos una vez más la serena y responsable confianza en la acción de
la justicia por nuestra parte, que ponderará y esclarecerá lo acontecido.
Negamos que el procedimiento haya dado un "vuelco" o
"giro" por circunstancia alguna, debiendo ser respetuosos con
la acción de la justicia y, sobre todo, con el sentido común que nos dice que
por "falacias" como ésta la víctima no puede ser la que se sitúe bajo
sospecha.
Igualmente, pedimos una vez más respeto hacia las personas que, abocadas a
una situación ya insostenible, han acudido a los Tribunales en defesa de sus
derechos y, entre ellos, el derecho a tener una mínima calidad de vida como
cualquier vecino de Cáceres. Esta ha sido y será la linea de estos
querellantes, que aspiran a que todo se desarrolle en sede judicial con el
rigor deseable, y que se abandonen las intenciones de generar
confusión, distraer o difuminar del verdadero objeto de este proceso; y
que lejos de querer perjudicar a nadie lo único que pretenden es que los
locales cumplan con la normativa de ruidos que sí cumplen otros locales de
Cáceres y que, por supuesto, alguien se digne - de una vez - a proteger
derechos básicos y elementales y criterios de convivencia esenciales, que se
han visto vulnerados por tener que soportar niveles de ruido de hasta 83
decibelios.
6.- Entendemos que las estrategias seguidas por algunos querellados, como es en
este caso alegar sin fundamento la presunta "manipulación" de una
"fotocopia" de un informe (insistimos, existiendo el original
intacto en el Juzgado y, en concreto, en manos del Ministerio Fiscal - motivo
por el cual esta parte en su querella solicitó que el original se incorporara al
procedimiento) y divulgar esa información, no hace más que perjudicar sus
propios intereses y desacreditar su línea de actuación; toda vez que se
pretende argumentar generando confusión y sembrando dudas
injustificadas sobre la honorabilidad de las otras partes. Sin
embargo no tenemos noticias de que estos mismos que siguen estos códigos de
conducta, estén enfocando algún esfuerzo para habilitar y acondicionar los
locales, lo que sí implicaría una posibilidad cierta de levantar las medidas
sin oposición alguna de esta parte, y continuar con el procedimiento penal a
fin y efecto de depurar responsabilidades.
Es por ello que solicitamos que las noticias sean contrastadas con máximo
rigor, que se escuche a todas las partes y que, cuanto menos, no se ponga en
entredicho la honorabilidad e inocencia de quienes son aquí los verdaderos
perjudicados y víctimas. Nuestro compromiso y deseo de que se respete la acción
de la Justicia y que no se contamine con la filtración tendenciosa y sesgada de
lo que únicamente debe residir y ser conocido en el marco de un Juzgado.