martes, 21 de diciembre de 2010

Otra prueba de desidia


Tanto nuestra Asociación como la de Ciudadanos de la Peña del Cura venimos denunciando ante la Junta de Extremadura reiteradamente la celebración de conciertos en directo en locales de La Madrila sin licencia para ejercer esta actividad. La respuesta es siempre la misma: “es competencia del Ayuntamiento”. Y esto no es cierto puesto que la competencia en materia de Espectáculos Públicos fue transferida a la Comunidad Autónoma.
Pero es aun más grave; ante la última denuncia presentada el 17 de noviembre, la Junta de Extremadura responde: “Que no disponen de elementos objetivos para iniciar expediente sancionador” porque “el local de referencia dispone de autorización municipal para la realización de conciertos hasta el día 15 de diciembre de 2O1O”.
Y decimos que es muy grave por dos razones fundamentales: 1º Porque el Ayuntamiento no tiene competencia para autorizar dicha actividad. 2º Porque la competencia la tiene atribuida el Director de Interior de la Junta, según lo dispuesto en el DECRETO 14/1996, de 13 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de espectáculos públicos.
En consonancia con lo dispuesto en la normativa Estatal en vigor, Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado por Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto. BOE número 267 de 6 de noviembre de 1982.
Artículo 45.
2. Ningún local podrá ofrecer espectáculos, diversiones o servicios distintos de aquéllos para los que expresamente hubiese sido autorizado salvo que, con estricta sujeción a las condiciones esenciales de la licencia, fuese autorizada por el Gobernador Civil la celebración de otros espectáculos o actividades, con carácter extraordinario.
Consecuentemente y teniendo en cuanta que las competencias de los gobernadores civiles fueron transferidas a las correspondientes autoridades autonómicas, solo estas pueden autorizar la celebración de espectáculos con carácter extraordinario. Por lo tanto no podemos estar de acuerdo con la respuesta que desde la Junta se nos da a nuestras denuncias, ya que el Ayuntamiento, a mi juicio, no puede conceder tales autorizaciones.
Es inadmisible que autoridades “pretendidamente” competentes hagan dejación de sus funciones y permitan la ilegitima atribución de otras, y todo ello en detrimento de los derechos fundamentales de los ciudadanos.

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