jueves, 16 de junio de 2011

A LA AUTORIDAD QUE CORRESPONDA. UN CASO MÁS DE PASIVIDAD, INACTIVIDAD Y DESIDIA.

El eterno problema de contaminación acústica en el barrio de La Madrila (Cáceres) parece ya un tema recurrente, para que de vez en cuando algún artículo de periódico local recuerde el sufrimiento de los vecinos de este céntrico barrio de Cáceres. Pero eso es todo. Ahí se queda, como fiel reflejo de la incompetencia de la Administración –principalmente la Local, pero sin olvidar la que le corresponde a la Autonómica - para solucionar o erradicar de una vez por todas este grave problema, que afecta a la normal convivencia, a la salud y a los derechos fundamentales de unos vecinos que llevan sufriendo este acoso delictivo la friolera de treinta años.

De vez en cuando también vemos descargos del político de turno que en la prensa se descuelga con supuestas medidas adoptadas por su autoridad, o por el gobierno del que forma parte. Nada más lejos de la realidad. El ya enquistado problema continúa. Los bares de la zona no cumplen nunca los horarios; los locales realizan una actividad para la que no cuentan con licencia, ninguno cumple las medidas de insonorización, y otros han simulado su insonorización y la autoridad Municipal le ha concedido licencia, etc. etc. Todo esto es demostrable y el que tenga dudas puede consultar la documentación en poder de la Asociación Cacereños Contra el Ruido.

Sirva de ejemplo el siguiente: Bar “La Cancha”, “Manuel’s”, “Sala Dabar”, “Tacones” y “Poker”, sucesivos nombres con los que se ha conocido el local existente en la calle Santa Teresa de Jesús, y los distintos e ilegales cambios de titularidad que se han concedido.

Sobre este local los vecinos, en su desesperación, han formulado hasta un total de nueve denuncias escritas ante el Ayuntamiento, dos ante la Junta de Extremadura, una en la Subdelegación del Gobierno, y una en el Juzgado de Guardia, desde enero de 2009 hasta marzo de 2010, al margen de las telefónicas. “Según medición de ruidos efectuada por la Policía local el ruido que transmitía al interior de un domicilio el equipo de música de citado establecimiento era de 42’6 dB(A). Existe un Informe Técnico de los Arquitectos responsables del Ayuntamiento, de fecha 6 de noviembre de 2009 en el que se informa que “Por lo tanto y a la vista de los informes el establecimiento debería estar cerrado al incumplir ampliamente los niveles máximos permitidos para horario nocturno y para la actividad que cuenta con licencia, tanto para niveles de recepción interno como externo y ser reiterativo a lo largo de varios años”. Al margen de varios expedientes por ruidos (que no han sido resueltos), el Ayuntamiento “inició expediente de caducidad de licencia, con fecha 03-11-2010, por haber permanecido cerrado por más de 6 meses, con adopción de medida cautelar de precinto de equipos de reproducción sonora”.

Pues bien, a pesar de todo ello, el local ha reabierto sus puertas con un nuevo titular y nombre, y con el mismo ruido e irregularidades. Ante este hecho una comunidad de vecinos afectada ha dirigido escrito al Ayuntamiento el día 1 de junio, con el acostumbrado silencio administrativo como respuesta. Tampoco han tenido respuesta las llamadas telefónicas de vecinos que no pueden descansar en su propio hogar, salvo la presencia de Policía Local del GES, que solo ha servido para confirmar los hechos denunciados. La nueva actividad (ilegal) sigue incumpliendo, con una actividad para la que no cuenta con licencia, con un ensordecedor ruido, y con el horario de cierre, continuando con la artimaña de apagar las luces exteriores y cuando ven una patrulla de la Policía bajan la persiana, permaneciendo así hasta las cinco de la madrugada. Ha pasado una semana y que sepamos aún no se a adoptado medida alguna, ni siquiera cautelar.

¿Acaso no es esto pasividad, inactividad y, por qué no decirlo, desidia de la Autoridad competente?

Antonio Durán

Presidente CCR

miércoles, 27 de abril de 2011

Día Internacional de Concienciación Sobre el Ruido

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Desde la entrada en vigor de la Ley Antitabaco, la gran mayoría de los ciudadanos soportamos por partida doble los ruidos que se emiten desde muchos locales de ocio, restaurantes, bares etc. por ampliación de su actividad ocupando la vía pública con dudosa legitimidad. Están invadiendo un espacio peatonal, de una manera intolerable obstaculizando no ya el paso de una persona, sino a quienes van con un carrito o tienen una minusvalía, con mesas, sillas, terrazas, tablones anunciando sus tapas, calefactores etc.

Es fácil encontrar precedentes jurisprudenciales que dan una respuesta incontestable a la verdad irrefutable de que la exposición cotidiana a niveles de emisión acústica superior a los 60 dBA, propios de la simple conversación alegre de grupos de personas sentadas en un velador, todos los días, y hasta las 02:30 o 03:30 horas de la madrugada, genera un ambiente molesto y contaminante digno de una contundente y efectiva tutela por parte de la Administración, cosa que no ocurre.

Para que se entienda, el tono normal de una voz en conversación es de unos 60 dBA. Una conversación normal entre dos personas, no es la suma de 60 + 60, sino por medio de una formula logarítmica, es la suma de 3 dBA por cada individuo hablando. Tendremos pues que si una conversación normal entre 4 personas, el resultado (partiendo de 60 dBA,) sería de 72 dBA. Entonces ya se está rebasando lo indicado en el REAL DECRETO 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

Road traffic noise and stroke: a prospectiveLa atención al público en espacios al aire libre, de establecimientos de hostelería debe de estar sometidos al mismo régimen de autorización administrativa y, en concreto la necesidad de obtención de una calificación ambiental favorable, propio de la instalación en local cerrado a la que complementan.

Si ello es así, el estudio ambiental exigible a la documentación que ha de presentarse ante la autoridad municipal debe contener un apartado específico en el que se realice un análisis sobre la posible incidencia de la ubicación de los veladores sobre las viviendas o piezas habitables contiguas, así como de las medidas correctoras (alejamiento de los puntos de inmisión más sensibles, colocación de pantallas que absorban el ruido, limitaciones de hora etc. Recordemos que este tipo de ruido es uno de los previstos en la Ordenanzas como merecedores de corrección si alcanza determinados niveles que, incuestionablemente, en nuestro caso se alcanzan. De ahí la limitación de horarios, como medias congruente para paliar esas graves molestias. el problema de la contaminación acústica de la zona a que nos referimos, no deriva tanto de la música del interior de los locales como del ruido que genera la afluencia de público en el exterior de los mismos y a causa de la acumulación de terrazas en muchos lugares.

Desgraciadamente el legislador con la indecisión propia del político, normalmente pretendiendo aparentar que agrada a todos, busca la solución política que menos pueda molestar a la mayoría de sus posibles votantes, dejando al aire libre, en especial aquellas que son expansión de los cafés, bares y restaurantes, obviando buena parte de su regulación, hasta el punto de poder dejar en una auténtica nebulosa jurídica la consideración de tales actividades hosteleras, o más técnicamente hablando, recreativas, como verdaderamente contaminantes, y por consiguiente el concreto régimen jurídico de autorización administrativa al que están sometidas.

Hay que reconocer de forma explícita que las terrazas y veladores es una actividad que puede llegar, no todas, a generar graves molestias, pero las administraciones locales, nos deben proteger frente a la exposición prolongada de los ciudadanos a ruidos y vibraciones, pues está reconocido hasta la saciedad que “...el ruido puede llegar a representar un factor psicopatógeno destacado en el seno de nuestra sociedad y es una fuente permanente de perturbación de la calidad de vida de los ciudadanos”.

cohort study

Mette Sørensen

1

*

, Martin Hvidberg

2

, Zorana J. Andersen

1

, Rikke B. Nordsborg

1

,

Kenneth G. Lillelund

3

, Jørgen Jakobsen

4

, Anne Tjønneland

1

, Kim Overvad

5,6†

,

and Ole Raaschou-Nielsen

1†

1

Institute of Cancer Epidemiology, Danish Cancer Society, Strandboulevarden 49, 2100 Copenhagen Ø, Denmark;

2

National Environmental Research Institute, Aarhus University,

Roskilde, Denmark;

3

Rambøll Danmark A/S, Aarhus, Denmark;

4

Danish Environmental Protection Agency, Copenhagen, Denmark;

5

Department of Epidemiology, School of Public

Health, Aarhus University, Aarhus, Denmark; and

6

Department of Cardiology, Centre for Cardiovascular Research, Aalborg Hospital, Aarhus University Hospital, Aalborg, Denmark

Received 15 April 2010;

revised 14 October 2010;

accepted 5 November 2010

Aims

Epidemiological studies suggest that long-term exposure to road traffic noise increases the risk of cardiovascular disorders.

The aim of this study was to investigate the relation between exposure to road traffic noise and risk for

stroke, which has not been studied before.

Methods

and results

In a population-based cohort of 57 053 people, we identified 1881 cases of first-ever stroke in a national hospital

register between 1993–1997 and 2006.

Exposure to road traffic noise and air pollution during the same period

was estimated for all cohort members from residential address history.

Associations between exposure to road

traffic noise and stroke incidence were analysed in a Cox regression model with stratification for gender and calendar-

year and adjustment for air pollution and other potential confounders.

We found an incidence rate ratio (IRR) of

1.14 for stroke [95% confidence interval (CI): 1.03–1.25] per 10 dB higher level of road traffic noise (Lden

).

There was

a statistically significant interaction with age (P , 0.001), with a strong association between road traffic noise and

stroke among cases over 64.5 years (IRR: 1.27; 95% CI: 1.13–1.43) and no association for those under 64.5 years

(IRR: 1.02; 95% CI: 0.91–1.14).

Conclusion

Exposure to residential road traffic noise was associated with a higher risk for stroke among people older than 64.5

years of age.

Keywords

Stroke

Traffic noise

Epidemiology

Introduction

Increasing noise from traffic occurs in parallel with urbanization.

Acute exposure to noise is believed to activate the sympathetic

and endocrine systems, thereby causing changes in blood pressure

and heart rate and release of stress hormones.

1

3

Furthermore,

exposure to noise during the night at normal urban levels has

been associated with sleep disturbances.

4

Persistent exposure to noise is believed to increase the risk of

cardiovascular disorders.

An overview from 2006 of 61 epidemiological

studies of the effects of exposure to transport noise (road,

air, and

La protección del medio ambiente y su incidencia en las denominadas actividades de hostelería o restauración deben estar sujetas a los principios constitucionales el derecho a la protección de la salud consagrado en los arts. 15 y 43 CE. y a la protección de la inviolabilidad domiciliaria (art. 18.2 CE).-

La SENTENCIA Nº 541/99 del Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca de 29/7/1999, en uno de sus considerandos decía…”Este mismo Tribunal ya ha tenido oportunidad de pronunciarse sobre dicha cuestión y en Sentencia Nº 321 de 27 de junio de 1997, ya recordó que "en cuestión de ruidos en el ambiente urbano no debe olvidarse que en nuestro sistema, en el sistema de libertades públicas, el respeto por los derechos de los demás exige una atención sobreañadida. De que voluntariamente no se respete no hace falta mayor explicación, de modo que al poder público, en especial al más cercano, al municipal, en tanto que responsable, le es exigible redoblar la vigilancia. De no ser así, si nada potencialmente eficaz se hace para que así sea, quien insoslayablemente perderá será el más débil, quien espera con paciencia una solución que nunca parece llegar; perderá pues, el ciudadano" y que "en cuanto a bares, cafeterías y otros establecimientos de análoga naturaleza, debe tenerse en cuenta que están destinados a distraer el ocio o proporcionar consumiciones, por lo que prevalecen las medidas de policía y no las de fomento del libre comercio".

Por tanto, como cualquier otra actividad sometida a calificación ambiental, la previa concesión de la licencia para la instalación de una terraza con veladores se vea requerida, de un proyecto en el que habrá de reflejarse, dentro del estudio acústico, entre otros, los siguientes conceptos:

Primero.- Consideración de las terrazas y veladores como una ampliación sustancial de la carga contaminante y por tanto con necesidad de licencia propia con estudio de los efectos de contaminación acústica sobre el vecindario. Entendemos que debemos oponernos al otorgamiento “indiscriminado” de licencias para terrazas en la vía pública, y también a las autorizaciones de hecho de las mismas. Estamos pensando en las zonas saturadas, donde las actividades ya existentes, son numerosas como para entender que los vecinos ya están soportando suficiente ruido intolerable a pesar de las condiciones impuestas en las normas por lo general en estas zonas que no son sino de impunidad, tolerancia y falta de medidas a imponer para paliar esas situaciones.

Segundo.- Toda licencia que implique actividad en la vía pública debe someterse a un estudio concreto y previo del barrio, calle o zona de la ciudad a fin de prevenir la saturación acústica. Cierto es que es mucha la presión a la que se somete a la Administración por el tema de la nueva Ley del Tabaco y la repercusión económica que pueda generar en los distintos establecimientos, pero no debemos olvidar que el atajar ahora abusos o desmanes en las licencias es atacar el problema en su comienzo.

Tercero.- Debemos actualizar las Ordenanzas de Ruidos de los distintos municipios. Algunas de ellas son anticuadas y no permiten actuaciones eficaces ante la concentración de gente en la calle y de esta forma poder atajar este problema que siendo incipiente está totalmente presente.

Cuarto.- Toda esta saturación nos llevará a solicitar la actualización de los Mapas de ruido. Vemos como los agentes o focos de ruido se incrementan y donde antes no se generaban altos niveles sonoros ahora se dan.

Quinto.- Igualmente deberemos instar a que en las ya declaradas Zonas Acústicamente Saturadas, se impongan de manera eficiente, y no con las consabidas frases de “podrán” sino las de “deberán”, aplicar las condiciones sobre horarios y demás restricciones etc.. Puede que la colocación de terrazas habilite mayor número de usuarios o consumidores a los establecimientos, pero debido a la saturación acústica puede también que deban de CERRAR ANTES (limitando el tiempo de apertura y por ende de negocio).

Sexto.- Creemos que deben de acometerse campañas tendente a la concienciación de los problemas que genera el ruido y en particular a los usuarios de los veladores, sobre la manera de disfrutar sin molestar a través de las campañas de los propios hosteleros en sus respectivas terrazas. Parece un obviedad pero creo que es necesario que ahora que las molestias pueden ser generadas por personas que nunca antes han generado problemas por ruido, se genere una actuación administrativa en pos de recordar las actitudes que siendo respetuosas con los demás marquen una convivencia vecinal donde el ruido se minimice en lo posible.

Séptimo.- Hay que e tratar sobre las pretensiones de los hosteleros para ampliar el uso de las terrazas o el poner para beber en mesas o taburetes altas con ceniceros no debe de estar permitido, para así facilitar su uso por los fumadores trasladando los problemas a la calle. No es más que una de las muchas formular que se están arbitrando para burlar la efectividad de la aplicación de la Ley Antitabaco.

Octavo.- Las mediciones se deben realizar con ventanas abiertas. Una conversación aumenta cuanta más gente esté hablando, eso hace que se hable más alto por lo que se vulnera la Ley estatal del Ruido, referente a los 55 dBA a partir de las 22,00 de la noche. Por la noche en la aplicación de la Ley del Ruido referente a la obligatoriedad de no superar las inmisiones superiores a 55 dBA, que es una conversación normal sin gritar, hay que entender que no está reglada para gritar menos, sino para PRESERVAR EL SILENCIO.

Por todo ello solicitamos de los ayuntamientos, la revisión y modificación de las ordenanzas de terrazas y veladores con la participación de todos los agentes afectados, en aras a una convivencia pacífica y disfrute racional de esta actividad que de momento solo repercute beneficios económicos a unos pocos frente a la inmensa mayoría de los ciudadanos.

D. Ignacio Sáenz Cosculluela – Presidente 16.477.265

D. Francisco Sánchez Sahorí – Vicepresidente. 05.158.114-L

Dª Emilia de la Serna Martínez – Vicepresidente de Asuntos Jurídicos. 27.275.307

D. Antonio Durán Moreno – Presidente de “Cacereños Contra el Ruido”. 6.946.638

jueves, 31 de marzo de 2011

Sentencia del TSJEx.

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Como ya se ha hecho público en el diario HOY y el Períodico de Extremadura el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ya ha dictado sentencia en el Contencioso mediante el que esta Asociación impugnó algunos de los artículos de la Modificación a la Ordenanza Municipal Sobre Protección del Medio Ambiente en Materia de Ruidos y Vibraciones. Públicamente hemos de manifestar nuestra satisfacción toda vez que viene a demostrar que teniamos razón; sin embargo también queremos hacer público nuestra desazón al constatarse una vez más que el ciudadano tiene que acudir constantemente a la tutela judicial, ante los oidos sordos de la Administración, que no atiende nuestras solicitudes. En el plazo de información pública presentamos alegaciones, que no sólo fueron desatendidas, sino que ni siquieran fueron contestadas.

Advertimos una y otra vez, con dos escritos de alegaciones, con escritos dirigidos a partidos políticos involucrados en su elaboración, mediante la prensa, y manifestaciones en este Blog, etc. de las irregularidades del texto que se pretendía aprobar. No se nos hizo caso y se nos obligó a su impugnación en vía judicial.

Por eso decimos que no se puede ignorar de esta forma al ciudadano y judicializar la vida administrativa de esta manera. Si un grupo de ciudadanos pueden observar las patentes irregularidades en una proyectada norma, ¿Cómo es posible que no lo hagan los técnicos municipales o sus servicios jurídicos? ¿Acaso estos se rinden ante las pretensiones de los políticos? Lo más probable.

Tres asociados presenciamos en el Pleno donde fue aprobada la Ordenanza cómo el Concejal Sr. Vela dijo que "no votaría a favor e incluso que la impugnaría al no haberse incluido en la redacción del art. 19 lo que él había propuesto en la Comisión". Allí mismo, in situ, fue añadido, sin más trámites lo que el Concejal redactó. Dicho art. 19 ha sido anulado por el TSJEx, como no podía ser de otra forma.

Esta es la actitud (y aptitud, que las dos formas nos valdrían) de nuestros gobernantes, de nuestra Autoridad Competente.





martes, 1 de marzo de 2011

Una gran pérdida


Estimados socios.
La pasada noche ha fallecido nuestro asociado Manuel Curiel Guerrero en el Hospital San Pedro de Alcántara, donde se encontraba ingresado desde hace unos días. Una gran pérdida, como persona y como asociado. Fue el impulsor de la Asociación Vecinal Ciudadanos de la Peña del Cura (Madrila Alta), de la que era Presidente y desde la que siempre pretendió la mejora del barrio y de la calidad de vida de sus vecinos.
La capilla ardiente se encuentra en el Tanatorio de la Avda. de la Hispanidad y el entierro será mañana.

lunes, 7 de febrero de 2011

No se cumple la normativa

Y esto es lo más descepcionante puesto que significa que si esta situación se da durante años y años es porque la Administración (Autonómica o Local) no toma la más mínima medida para impedirlo.

"No se cumple la normativa sobre ruido en la Plaza y la Madrila"

El sonómetro instalado por dos estudiantes de la UEx en el hotel Arabia Riad constata que la obra y el ocio nocturno son las grandes fuentes de contaminación acústica,

Ángel González añade que en la Madrila han programado su instrumental para que siga grabando cuando se supera un nivel predeterminado: «Pretendemos identificar la fuente. Se escuchan voces, explosiones de petardos, de todo...». «Hay un ruido exagerado», insiste. Y da cifras: hasta 110 decibelios han llegado a registrar.

«El problema es que si se produce una denuncia y llaman a la Policía, cuando ésta llega y hace la medición el dueño del local ya ha bajado el volumen. Los bares no están acondicionados en general, no están aislados, no tienen doble puerta...»

según artículo publicado en el Diario HOY


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jueves, 20 de enero de 2011

Se constata la contaminación acústica en La madrila

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diario HOY

CÁCERES

La fiscal pide medidas contra el ruido en la Madrila por razones de salud

Insta a la Junta y al Ayuntamiento a actuar «de manera inmediata» tras recibir un informe del Seprona: en algunos domicilios casi se duplica el nivel que marca la ley

20.01.11 - 00:10 -

MANUEL M. NÚÑEZ mmnunez@hoy.es | CÁCERES.

LA CIFRA

28

decibelios por encima del límite llega a marcar el sonómetro de la Guardia Civil en un domicilio colindante a Plaza de Albatros.

LOS DATOS

Informe del Seprona. Incorpora mediciones realizadas en domicilios de varias calles de la Madrila. En la fachada exterior de una terraza de Hernán Cortés se obtienen 83 decibelios (db).

En el interior de un dormitorio de Doctor Fleming, el Seprona obtiene 58 db de ruido. Son 27 db más del valor límite, 31 db con nivel ruido de fondo.

Lo que dice el Seprona. Se exceden los límites de ruido entre 17 y 26 db en el ambiente urbano exterior y hasta en 28 db el nivel transmitido a local colindante.

La Fiscalía. Incoa diligencias de investigación penal por un posible delito contra el Medio Ambiente y la integridad de los particulares.

Medidas. Solicita a la Administración medidas por razones de salud y en un escrito de noviembre pide que se actúe «de forma inmediata» ante el ruido que generan los bares de la Madrila.

Emiliano, Ignacio José, María, Pedro... Son los nombres de algunos afectados, los menciona el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil en el informe que ha hecho llegar a la Fiscalía Provincial y en el que aporta los datos numéricos de las mediciones de ruido que ha hecho en domicilios de la Madrila. En ellos, señalan los agentes en sus conclusiones, se superan los valores establecidos hasta en 28 decibelios, lo que en el caso de una vivienda de Doctor Fleming implica que casi se dobla el máximo legal. La fiscal de Medio Ambiente ha abierto una investigación penal y se ha dirigido al Ayuntamiento y a la Junta de Extremadura para que adopten de forma «inmediata» medidas por razones de salud.

Unos son de fuera y se compraron un piso en Cáceres para pasar los fines de semana. Venir a casa ha pasado a ser un suplicio para ellos. Otros tienen allí su vida diaria y cuando llega el jueves se preparan para sufrir un via crucis. «Hay gente tomando pastillas para dormir. Es horrible», señalan en la Asociación Cacereños contra el Ruido, un colectivo que lleva varios años luchando contra la contaminación acústica y que acudió en 2009 a la Guardia Civil al comprobar que la Administración ignoraba una por una sus denuncias. Y con el Seprona se hizo la luz.

La apertura de diligencias que inició la Fiscalía toma cuerpo de verdad ahora con el informe de los agentes sobre la mesa. Es un trabajo de 66 páginas en el que se hace un detallado análisis de la situación y en el que se da un paso más allá. Además de incluir los resultados de las mediciones de ruido en domicilios de Hernán Cortés, Niza, Doctor Fleming y Santa Teresa de Jesús entre la 1.30 horas y las 6.30 de la madrugada, en sus conclusiones, la Guardia Civil propone «a la mayor brevedad posible» que se adopten medidas preventivas que ya se contemplan en la legislación. Y cita algunas que están incluidas en la Ley del Ruido de 2003 o el Decreto de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones. Entre otras: precintado de aparatos, medidas de corrección que impidan el ruido, suspensión de la actividad, exigencia de fianzas e incluso la clausura de establecimientos. Los bares, los que incumplen, están en el punto de mira.

La Fiscalía no se ha cruzado de brazos. Da por hecho que las conclusiones del informe del Seprona «determinan que se sobrepasan los límites permisibles de ruido» y abre una triple vía: incoar diligencias de investigación penal por un posible delito «contra el Medio Ambiente y contra la integridad de los particulares», solicitar a la Junta de Extremadura «la inmediata adopción de las medidas que estime adecuadas para tutelar de modo inmediato la salud y la intimidad de los afectados por los ruidos» y efectuar nuevo informe médico forense. Hasta el momento, ya han sido examinadas dos personas, aunque en las próximas semanas varias más están dispuestas a presentar certificados médicos en los que se deja constancia del deterioro de salud que sufren.

La Fiscalía también ha enviado un escrito al Ayuntamiento en el que señala que las pruebas de fonometría acreditan la emisión de ruido «por encima de lo permitido». Sostiene que el Consistorio tiene competencias para ello y le insta a que tome las medidas cautelares que incorpora el Seprona en su informe. Los afectados esperan noticias. Han puesto su última esperanza en la propia Fiscalía y la Guardia Civil, a la que acudieron hace casi dos años «desesperados», ante la desatención que sentían cada vez que llamaban a la Junta o al Ayuntamiento. Sin embargo, no todo queda ahí. «Vamos a ir 20 afectados a reclamar a la Administración», confirma Cacereños contra el Ruido. Exigen una reparación por daños. «Se han vulnerado nuestros derechos fundamentales y hay pruebas», aseguran. La vía judicial, también por lo contencioso-administrativo, está más cerca.

miércoles, 12 de enero de 2011

La anécdota

CÁCERES

Primeras quejas de vecinos por el "cigarrón"

La noticia no llama la atención, pues no deja de ser una anécdota ya que en La Madrila hay insoportable ruido en la calle y en los bares desde mucho antes de la entrada en vigor de la debatida Ley que prohibe fumar en los bares.

Lo que sí nos llama la atención, son las manifestaciones del Sr. Carlos Jurado, Concejal de Seguridad Ciudadana, quien afirma que "La Ley prevé que en los bares no se pueda fumar, por lo que hay que cumplir la norma". Y nos llama la atención no porque no estemos de acuerdo, todo lo contrario, sino porque si la normativa prevé que los bares tipo C no pueden tener música ¿Por qué no se cumple? Si la normativa prevé que los bares "especiales" han de estar insonorizados ¿Por qué no se cumple?.

También afirma este señor que "tan solo se puede hacer algo al respecto si el nivel de ruido es alto" y que "las últimas tendencias en las quejas vecinales [en La Madrila] apuntan a un descenso de llamadas por el ruido en la calle". Entonces, Sr. Jurado ¿Por qué la Fiscal de Medio Ambiente ha remitido un escrito al Ayuntamiento "instándole de manera inmediata a la adopción de las medidas cautelares que incorpora el propio informe del SEPRONA", sobre la contaminación acústica existente en La Madrila-Peña del Cura? ¿Cómo puede decir a la opinión pública que solo se puede hacer algo al respecto si el nivel de ruido es alto? Cuando usted sabe (o debería saber) que se dice en el informe del SEPRONA sobre La Madrila-Peña del Cura, requerido por la Fiscalía, y cuyos resultados han sido remitidos al Ayuntamiento, que "los hechos expuestos pudieran ser constitutivos del ilícito penal contra los recursos naturales y el medio ambiente, tipificado en el artículo 325.1, del Código Penal". ¿Está usted desinformado o pretende usted desinformar a la opinión pública?

¿Por qué tanto celo para determinadas normas y ninguno para otras? Porque, que nosotros sepamos, el Ayuntamiento no ha adoptado ninguna medida para hacer cumplir las normas a los bares o a las personas que visitan nuestro barrio, tal y como le ha instado la Fiscalía.

miércoles, 22 de diciembre de 2010

martes, 21 de diciembre de 2010

Otra prueba de desidia


Tanto nuestra Asociación como la de Ciudadanos de la Peña del Cura venimos denunciando ante la Junta de Extremadura reiteradamente la celebración de conciertos en directo en locales de La Madrila sin licencia para ejercer esta actividad. La respuesta es siempre la misma: “es competencia del Ayuntamiento”. Y esto no es cierto puesto que la competencia en materia de Espectáculos Públicos fue transferida a la Comunidad Autónoma.
Pero es aun más grave; ante la última denuncia presentada el 17 de noviembre, la Junta de Extremadura responde: “Que no disponen de elementos objetivos para iniciar expediente sancionador” porque “el local de referencia dispone de autorización municipal para la realización de conciertos hasta el día 15 de diciembre de 2O1O”.
Y decimos que es muy grave por dos razones fundamentales: 1º Porque el Ayuntamiento no tiene competencia para autorizar dicha actividad. 2º Porque la competencia la tiene atribuida el Director de Interior de la Junta, según lo dispuesto en el DECRETO 14/1996, de 13 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de espectáculos públicos.
En consonancia con lo dispuesto en la normativa Estatal en vigor, Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado por Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto. BOE número 267 de 6 de noviembre de 1982.
Artículo 45.
2. Ningún local podrá ofrecer espectáculos, diversiones o servicios distintos de aquéllos para los que expresamente hubiese sido autorizado salvo que, con estricta sujeción a las condiciones esenciales de la licencia, fuese autorizada por el Gobernador Civil la celebración de otros espectáculos o actividades, con carácter extraordinario.
Consecuentemente y teniendo en cuanta que las competencias de los gobernadores civiles fueron transferidas a las correspondientes autoridades autonómicas, solo estas pueden autorizar la celebración de espectáculos con carácter extraordinario. Por lo tanto no podemos estar de acuerdo con la respuesta que desde la Junta se nos da a nuestras denuncias, ya que el Ayuntamiento, a mi juicio, no puede conceder tales autorizaciones.
Es inadmisible que autoridades “pretendidamente” competentes hagan dejación de sus funciones y permitan la ilegitima atribución de otras, y todo ello en detrimento de los derechos fundamentales de los ciudadanos.

sábado, 18 de diciembre de 2010

El Ayuntamiento promociona los bares de La Madrila

Vecinos contra el cierre de Doctor Fleming

Ciudadanos de la Peña del Cura dice que es «un atropello»

17.12.10 - 21:53 -

MANUEL-M. NÚÑEZ | CÁCERES

Es una convocatoria encubierta a la concentración de personas en la calle

«Un atropello». Así califica la asociación de vecinos Ciudadanos de la Peña del Cura la posibilidad de que el Ayuntamiento se plantea cerrar al tráfico de vehículos la calle Doctor Fleming en las próximas fechas.

La decisión no ha sido anunciada de forma oficial por el Consistorio, pero el solo hecho de que se haya abierto el debate ya ha obligado a intervenir a Manuel Curiel, presidente del colectivo vecinal.

«Queremos que quede constancia de la rotunda oposición», subraya Curiel, que lidera uno de las dos colectivos vecinales que hay en la barriada. El otro es la asociación de la Madrila, cuyo principal responsable es Miguel Salazar. Por ahora no ha opinado sobre este asunto.

Ciudadanos de la Peña del Cura, sí. Y lo hace abiertamente en contra. «Nosotros consideramos que es una convocatoria encubierta a la concentración de personas en nuestras calles, como lugar preferente para celebraciones festivas». Manuel Curiel insiste en que ello lo único que ocasiona es «ruido, suciedad, consumo de alcohol en la calle, prohibido por las normas actualmente en vigor, y perturbación de la vida normal de los ciudadanos» que viven en este barrio.

Que desista

«Pedimos al Ayuntamiento que desista de esta iniciativa que consideramos un atropello a la normalidad de la vida cotidiana», añade Curiel. El responsable de Ciudadanos de la Peña del Cura vaticina que si la medida se lleva a cabo les ocasionará «graves perjuicios».

Mientras, la asociación de la Madrila, de Salazar, por su parte, celebrará esta noche en la sede de Abilio Rosillo sus tradicionales migas extremeñas de Navidad.