Según Sentencia del Tribunal Supremo de 02/06/2008, que en casación ratificó otra del TSJ de Andalucía, se ordena al Ayuntamiento de Velez-Málaga que cumpla y haga cumplir la normativa legal sobre control de ruidos, y condena al Consistorio a indemnizar a dieciocho vecinos con 156.000 €, por los trece años que han estado soportando la terrible contaminación acústica en una zona de marcha.
La Sentencia del Alto Tribunal finaliza:
...ordenamos al Ayuntamiento de Vélez-Málaga
a.Que cumpla y haga cumplir la normativa legal vigente sobre control de ruidos, que ejerza las medidas necesarias para conseguir que las perturbaciones por ruidos y vibraciones no excedan de los límites que se establecen en el Reglamento de Calidad del Aire, Decreto de la Junta de Andalucía 74/1996, adoptando los acuerdos pertinentes e inmediatos y ejecutándolos para evitar las perturbaciones por ruidos intolerables y la contaminación acústica que afectan a los derechos fundamentales a la integridad física y moral, a la intimidad personal y familiar y a la inviolabilidad del domicilio de los recurrentes.
b.Que efectúe el control de la efectiva insonorización de los locales que se identifican en el escrito de los recurrentes presentado el 11 de junio de 2001, y el establecimiento de equipos limitadores-controladores, conforme a la normativa vigente y proceda a la inmediata clausura de los locales que la incumplan, conforme establece el artículo 42 del citado Reglamento así como las medidas correctoras previstas en el artículo 69 de la Ley 7/1994, de Protección Ambiental, e incluso la anulación de las licencias otorgadas a los locales que no cumplan la legislación.
c.Que, en su caso, se proceda a la clausura de las actividades que carezcan de licencia municipal y la de aquellas que contravengan y excedan su actividad de la licencia que pudieran disponer.
d.Que ejecute aquellas órdenes de clausura ya dictadas y adopte las medidas oportunas para la ejecución efectiva de los cierres acordados en el plazo de un mes a partir de la notificación de esta Sentencia al Ayuntamiento de Vélez-Málaga.
4º Que condenamos al Ayuntamiento de Vélez-Málaga a indemnizar a cada uno de los recurrentes, por los daños soportados hasta el 16 de junio de 2003, con la cantidad de 156.260 €.
5º Que condenamos también al Ayuntamiento de Vélez-Málaga a que indemnice a cada recurrente los daños y perjuicios sufridos a partir de la notificación de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga de 16 de junio de 2003, dictada en el presente recurso, en un importe que deberá fijarse en ejecución de Sentencia con arreglo a las bases definidas en el fundamento séptimo.
6º Que imponemos al Ayuntamiento de Vélez-Málaga las costas de su recurso de casación en los términos señalados en el último de los fundamentos y no hacemos imposición de las de la instancia de doña María Eulalia y otros, debiendo correr cada parte con las suyas del recurso de casación
Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficial de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
"Ya están aquí". Así comenzaba un artículo del diario HOY referido a los "universitarios" que celebraban el comienzo del curso, con esa horrible costumbre arcaica y denigrante, de someter a los nuevos a toda clase de tropelías, y que se convierte en una excusa para organizar un botellón por toda la ciudad, incumpliendo la Ley de Ocio de Extremadura y con el consentimiento de Autoridades cada vez menos competentes. Efectivamente: ya están aquí para desgracia de muchos, principalmente de los barrios más castigados por la contaminación acústica, por la suciedad y por el deterioro de sus instalaciones. Esta horda de "universitarios", que durante dos días no hicieron más que molestar, se instalaron durante toda la tarde en la Plaza de Albatros (la Madrila), bebiendo, rompiendo botellas, gritando y berreando, meando y... A las ocho de la tarde una de estas "universitarias" accedió a mi portal, a la planta baja y ante la puerta de una vivienda SE MEÓ Y SE CAGÓ.
Efectivamente votaré todos los días y tantas veces como pueda NO a Cáceres 2016, una ciudad sin educación, no puede ser referente cultural de nada.
Antonio Durán
Una jovencita "mea" en plena calle Santa Teresa de Jesús. Ver vídeo
Una vez más el Defensor del Pueblo, en su informe presentado a las Cortes Generales en 2009, se ve en la obligación de hacer amplia mención, en el capítulo de medio ambiente, a la contaminación acústica, generada por varias causas, entre las que se encuentra la producida por verbenas, fiestas populares y el conocido como "botellón", o por las actividades clasificadas (bares, terrazas, etc.). Lamentablemente, en el amplio capítulo dedicado a las Administraciones que incumplen retrasando los requerimientos del Defensor del Pueblo, figura nuestro Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
Estudiantes, enfermos, niños,...sufren este insoportable soniquete a cualquier hora de la mañana o de la tarde"Tapizados Montaña", y...
Ya están aquí los "auténticos gallegos". Nos hemos enterado todos los ciudadanos, gracias a esa publicidad sonora que recorre insistente y machaconamente nuestras calles. Publicidad acústicamente contaminante, por la que nuestro Excmo. Ayuntamiento cobra tasas. Ya no sólo se permite la contaminación acústica, sino que el Consistorio obtiene un beneficio económico de ella.
Fue la única alegación presentada por ADENEX: "Que la Ordenanza prohiba expresamente el ejercicio de la actividad consistente en publicidad móvil sonora que se ejerce a través de vehículos con altavoces". Y no se pierdan lo que en contestación a esta alegación informan a la Comisión Municipal la Jefe de la Sección de Actividades, La Jefe de la Sección Técnica de Actividades y el Arquitecto Técnico del Servicio de Urbanismo; dicen en su Informe: "La alegación formulada no es de contenido ni técnico ni jurídico...Respecto a esta alegación se informa que si se acepta la misma por la Comisión también habría que Modificar la Ordenanza de Publicidad que en su art. 53 regula este tipo de publicidad o bien otra solución sería HACER CUMPLIR lo ya regulado en esta Ordenanza de Publicidad". (Página 5 del Informe sobre alegaciones a la modificación de la Ordenanza Municipal sobre protección del medio ambiente)
Más claro agua. No se cumple la Ordenanza de Publicidad. Pero esto no es una novedad. Los que sufrimos esta contaminación, más la de los bares que realizan actividades ilegales, que están sin insonorizar, o las voces y berridos de la calle, etc. etc. ya sabíamos que el incumplimiento de la normativa es el deporte favorito de nuestro Ayuntamiento, tanto ahora como con el anterior Gobierno del Partido Popular. Quizás tenga razón el Sr. Pavón.
Saludos y que disfruten de los "auténticos gallegos" ¡Ah! además es con la colaboración del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
Los vecinos de la plaza de la Concepción no aguantan más y recogen firmas para dirigir un escrito al Ayuntamiento exigiendo que termine con la práctica del botellón en este céntrico barrio... leer noticia diario Hoy
La Asociación Cacereños Contra el Ruido presentó el pasado día 18 Escrito de interposición de recurso contencioso ante el TSJex para impugnar determinados aspectos de la Modificación de la Ordenanza Municipal Sobre Protección del Medio Ambiente en Materia de Ruidos y Vibraciones, publicada el pasado mes de junio. La decisión fue tomada por unanimidad en Asamblea Extraordinaria de socios, ratificando la ya decidida en la última Asamblea Ordinaria.
Como deciamos en nuestras alegaciones presentadas ante el Excmo. Ayuntamiento, La nueva Ordenanza "no sólo no colma las expectativas de los vecinos afectados en cuanto a la defensa de sus legítimos derechos, sino que, por el contrario, beneficia a los agentes contaminadores. Esto es así hasta el punto de que dicha Ordenanza es conocida curiosa y popularmente como "la Ordenanza del Ocio"; o que incluso algún artículo de prensa se ha titulado (consciente o inconscientemente) refiriéndose a la aprobación en Pleno Municipal del proyecto: "Los hosteleros ya tienen la norma que les permitirá reformar sus locales"...Podemos afirmar con serenidad pero con rutundidad, que la nueva Ordenanza es copia de la anterior corrigiendo ciertos aspectos en beneficio de los establecimientos hosteleros. Por todo ello, ante la lectura y estudio de dicha Ordenanza, según las reglas de la sana crítica que se contraen al sentido común generalizado por el vivir ordinario en personas de lógico y recto entendimiento, desde esta Asociación tenemos que manifestar nuestro rechazo a la redacción dada al proyecto de Ordenanza"
Ninguna de las 22 alegaciones que entonces se hicieron merecieron respuesta alguna del Consistorio, así como la entrevista que le solicitamos al Sr. Carlos Jurado, Concejal de Seguridad Ciudadana. Por eso es inaudito que el Sr. Concejal se descuelgue con unas manifestaciones en la prensa local desacreditando a esta Asociación y acusándonos de "querer cerrar los bares" o "dejar a la Ciudad sin Ordenanza", y otras sandeces semejantes. Si eso teme es porque no estará muy seguro de su redacción. Por otra parte es lamentable que desde las Instituciones se pretenda echar a las "patas de los caballos" a un colectivo que lucha en los tribunales por sus derechos. Le tenemos que recordar que el derecho constitucional a la tutela judicial es la garantía esencial de un Estado de Derecho. Y que hemos ejercido este derecho después de intentar por todos los medios que no se consumase semejante tropelía con la nueva redacción dada a la norma municipal. Una vez más se demuestra donde se encuentra el "enemigo" de los afectados por la contaminación acústica: en la Administración. Pero aún es más incomprensible las declaraciones en la Prensa de Miguel Salazar, Presidente de la Asociación La Madrila-Peña del Cura, desacreditando la acción emprendida por Cacereños Contra el Ruido. Después de estar año tras año amenazando con acudir a los tribunales (15-11-2007 diario Hoy) ; (05-04-2009 diario Hoy) por la situación de contaminación acústica que ambos barrios sufren, ahora dice que no es el camino y descalifica la acción emprendida por nuestra Asociación. Debe saber la opinión pública que el pasado mes de Agosto se le hizo entrega de un escrito firmado por 73 socios en el que se le exigía que impugnara la Ordenanza, de lo que ni siquiera se ha dado por enterado. Por lo que lo declarado en prensa es su opinión particular y no la de la Asociación La Madrila-Peña del Cura. A pesar de todo ello, nuestra postura se mantendrá firme, en el convencimiento de que la razón nos asiste, y pacientemente, pero en alerta, esperaremos la resolución del Tribunal, a quien a su justa consideración sometemos esta causa.
Para muchos pasaron las vacaciones, otros ni siquiera tuvieron. Los primeros probablemente pudieron descansar y olvidar el sufrimiento diario que les causa el insoportable ruido que padecen en sus viviendas por los distintos agentes contaminantes (bares sin insonorizar, voces, motos sin silenciador, propaganda, etc. etc.). Los que no tuvieron vacaciones continuaron con el cotidiano sufrimiento, ante la mirada hacia otra parte de nuestras, mal llamadas, Autoridades Competentes, bien pertenezcan al Gobierno Central, al Autonómico o al Municipal, que tanto monta monta tanto.
Tampoco nos duró mucho el disfrute a los que abandonamos momentáneamente nuestra ruidosa ciudad. Algunos, la primera noche que pernoctamos en nuestro domicilio, que no vivienda, pues no se puede vivir en ella, tuvimos que volver a padecer la música insoportable, las voces y gritos desgarradores, y las peleas...Por supuesto la nueva y maravillosa Ordenanza que nos prometieron no ha solucionado nada, sino todo lo contrario. Pero nosotros ya lo sabíamos, pues sólo se trataba de otra tomadura de pelo.
Es miércoles de un caluroso mes de junio, pero es imposible dormir con las ventanas abiertas. Los energúmenos que se encuentran en la plaza de Albatros no paran de jalear y dar voces. A las seis de la mañana, aún con las ventanas cerradas, se escucha el griterío y esa fatídica estrofa del himno del joven borrachuzo:
¡Alcohol, alcohol, alcohol! Hemos venido a emborracharnos y el resultado nos da igual
El problema no es sólo ese. El problema es que a las autoridades in-competentes también les de igual, pues, al margen del daño que los propios jóvenes se causen, es el daño que al vecindario se le causa lo que a una autoridad verdaderamente competente le debería importar. Pero claro no se ocupan los puestos públicos para eso, tal como debería ser.
Desposeído ya de mi derecho al descanso, decido dar una vuelta, un paseo matutino y comprobar in situ qué tipo de personaje puede andar gritando semejantes tonterías y molestando de esa forma. La sorpresa es mayúscula, indignante y decepcionate. Dos jovencitas se encuentran subidas en el pedestal de la estatua de Hernán Cortés, y mientras se gravan o fotografían con su móvil, gritan: ¡Vivan los de Derecho!
Queridas inconscientes y analfabetas funcionales, la palabra Derecho se deriva de las latinas "rectum, dirigerem o regerem, y estas a su vez de la raiz aria "rj", que expresan idea de guiar, regir o gobernar. Lo recto supone la línea de conducta que debemos trazarnos en la vida para realizar sólo lo que consideremos justo y bueno.
Pero claro, lo realmente decepcionante es que este tipo de gentecilla, que los que nos gobiernan están alimentando, algún día, después de cinco, seis o diez años consigan terminar la carrera, y entonces algunos con su titulo bajo el brazo opositen para funcionario del Estado, de la Junta, del Ayuntamiento, o bien mediante la fácil triquiñuela de pertenecer a un partido político, ocupen un puesto de "responsabilidad" como autoridad "competente". Y entonces aplicarán el dirigerem o regerem, pero por su mediocridad, su falta de responsabilidad, labrada año tras año, mientras ciertas autoridades académicas y educativas no supieron (o no quisieron) inculcarles sentido común, no trazarán esa línea de justicia y bondad, y entonces estaremos aún más desprotegidos.
Hay una actitud ignominiosa que me repugna por encima de las demás. Esta es la actitud mentirosa. Sin embargo la mentira se ha instalado en la "casta" dirigente, de forma que, unos y otros, la emplean como método para hacer creer al ciudadano que desde las instituciones se está haciendo algo, o parezca que se está haciendo, cuando en realidad todo sigue igual. Nos referimos hoy, como en otras ocasiones, a las manifestaciones del Concejal Sr. Jurado que anuncia en la prensa su firme propósito de "salir de la nebulosa de licencias y horarios" refiriéndose a la entrada en vigor de la Modificación de la Ordenanza Sobre Protección de Medio Ambiente. Dicho esto así y para cualquier profano, supone que antes de esta modificación se carecía de norma legal sobre licencias u horarios; o que la que existía era enmarañada, poco clara o nebulosa. Sin embargo no es así: El Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, así como el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos ya deja muy claro y desde hace años las condiciones en que se han de conceder las licencias de apertura de negocios (molestos, insalubres, nocivos o peligrosos) por lo que esta Ordenanza no viene a descubrir nada nuevo. En cuanto a los horarios, es la Junta de Extremadura la competente para establecerlos, y así lo hizo mediante la Orden de Presidencia de 16/09/1996. Por lo que esta "nueva Ordenanza" nada puede modificar al respecto. Por eso afirmamos que se nos está mintiendo, puesto que si no se aplicaba anteriormente la legislación vigente ¿Por qué se nos dice que ahora sí se hará gracias a la "nueva" Ordenanza? Esto sencillamente es falso. Las únicas modificaciones que se han introducido son para beneficiar (aún más) a los elementos contaminantes, introduciendo modificaciones contra derecho, y que la Justicia tendrá que resolver.
En la Madrila la noche del jueves fue terrible. La del viernes igual o peor. En el bar La Cuerda se daba un concierto en directo, en la puerta del bar Tubos se peleaban unos "primos", en el bar Tacones se escuchaba desde las viviendas y desde la calle el "pum, pum", mientras los vecinos que querían dedicar su tiempo de ocio a descansar y dormir no podían hacerlo. Si cerrabas las ventanas para amortiguar el ruido de la calle, te asfixiabas de calor, y además continuaba el "pum, pum" del bar que a cada uno nos "corresponde" debajo de nuestras casas, puesto que no hay bloque que se libre de su cuota. A eso de las ocho de la mañana, la cosa continuaba, y algunos de esos energúmenos que nos visitan, para añadir más sufrimiento a los residentes, arrojaron una botella de tequila "DESPERADOS" al cristal de la ventana de una vivienda, y un trozo de plomo a la pueta de cristal del edificio, resultando ambos rotos. En unos días de un calor insopotable, el consejo policial para evitar tales agresiones es: "Lo que tiene usted que hacer es bajar la persiana". Es la nada como principios o el principio hacia la nada.
¡Cáceres ciudad cultural 2016! ¿De qué?
Restos de la botella de tequila, en el interior de la vivienda.
Cristal roto de la ventana.
Cristal de la puerta de acceso al edificio también roto.
Ciudadanos, sufridores en general de esta terrible contaminación acústica, por si fuera poco con los coches anuncios de Toros, Conciertos, de "los auténticos gallegos", o del archiconocido Tapizados Montaña, se ha unido a la "peña" un nuevo contaminador: "Tapizados Pilar", y que suena así .
1.- La contaminación acústica La Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, comienza diciendo en su exposición de motivos que: “El ruido en su vertiente ambiental, no circunscrita a ámbitos específicos como el laboral, sino en tanto que inmisión sonora presente en el hábitat humano o en la naturaleza, no ha sido tradicionalmente objeto de atención preferente en la normativa protectora del medio ambiente. Tratamos del ruido en un sentido amplio, y éste es el alcance de la ley, comprensivo tanto del ruido propiamente dicho, perceptible en forma de sonido, como de las vibraciones: tanto uno como otras se incluyen en el concepto de “contaminación acústica” cuya prevención, vigilancia y reducción son objeto de esta ley”. “En la legislación española, el mandato constitucional de proteger la salud (artículo 43 de la Constitución) y el medio ambiente (artículo 45 de la Constitución) engloban en su alcance la protección contra la contaminación acústica. Además, la protección constitucional frente a esta forma de contaminación también encuentra apoyo en algunos derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, entre otros, el derecho a la intimidad personal y familiar, consagrado en el artículo 18.1”. Todos los tratadistas que han estudiado estos temas coinciden en señalar que la Constitución (artículos 43 y 45) al proteger la salud y el medio ambiente incluye en su ámbito de control a la contaminación acústica, como nos recuerda la Exposición transcrita anteriormente, siendo esta la norma general de ámbito estatal, reguladora de este fenómeno. En el ámbito internacional, el reconocimiento de las consecuencias negativas del ruido, como agente contaminante, se produjo oficialmente en el Congreso de Medio Ambiente organizado por las Naciones Unidas en Estocolmo, en el año 1972. No plantea cuestión, pues, que el ruido es una de las manifestaciones de agresión al medio ambiente y a la salud de las personas y ello ha exigido una respuesta del Derecho. El medio ambiente es uno de los pocos bienes jurídicos que la Constitución expresamente menciona como objeto de protección o tutela penal. Así, el artículo 45 de la Constitución dispone que deberán establecerse "sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado" para quienes realicen conductas atentatorias del medio ambiente. Se reconoce, por tanto, a nivel constitucional, el triple frente de protección del medio ambiente: civil, penal y administrativo. 2.- Función Específica En septiembre de 1988 se celebraron unas “Jornadas sobre el Medio Ambiente”, organizadas por el Consejo General del Poder Judicial, en Segovia. Durante tres días, magistrados, jueces, fiscales y letrados del Estado debatieron sobre los problemas jurídicos que plantea la legislación de protección ambiental, tanto en el ámbito penal como en el administrativo y civil. En sus conclusiones, sobre la base de la ponencia “Protección Penal del Medio Ambiente: Cuestiones Generales” expuesta por el actual Fiscal General del Estado, por entonces Presidente de la Audiencia Provincial de Segovia, Don Cándido Conde-Pumpido Touron, “se destacó la necesidad de contar con una policía especializada que permita dotar de mayor efectividad a la investigación de las conductas atentatorias contra el medio ambiente”. La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad Establece en su artículo 12 distintas competencias que encomienda de forma específica a la Guardia Civil, entre las que se encuentra la de “Velar por el cumplimiento de las disposiciones que tiendan a la conservación de la naturaleza y medio ambiente, de los recursos hidráulicos, así como de la riqueza cinegética, piscícola, forestal y de cualquier otra índole relacionada con la naturaleza” “Corresponde, por tanto -concluye el magistrado-, a la Guardia Civil como misión específica, constituirse en la policía protectora del medio ambiente” 3.- El Servicio de Protección de la Naturaleza Los ataques al medio ambiente, entre los que, como hemos dicho, se encuentra el de la contaminación acústica (El ruido en su vertiente ambiental), necesitan una respuesta legal, pues a pesar de que es imprescindible la solidaridad y colaboración de toda la población, como asegura el Magistrado Conde-Pumpido: “a los poderes públicos le corresponde una especial responsabilidad; y en dicha misión pública a la Guardia Civil como Cuerpo de Seguridad del Estado que asume la competencia policial específica en esta materia le es exigible una dedicación proporcionada a la trascendencia de la función encomendada”. Por ello, en cumplimiento del mandato legal la Dirección de la Guardia Civil dictó la Orden General núm. 72, de 21 de junio de 1988 (B.O.C. núm. 18, de 30 de junio de 1988) por la se crea el Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) al que encomienda como misión general precisamente: Velar por el cumplimiento de las disposiciones que tiendan a la conservación de la naturaleza y medio ambiente, de los recursos hidráulicos, así como de la riqueza cinegética, piscícola, forestal y de cualquier otra índole relacionada con la naturaleza”, recogiendo al pie de la letra la función específica que establece la Ley 2/1986 en su artículo 12 e), no limitándose a las misiones recogidas tradicionalmente en la Cartilla de la Guardia Civil sino que se hace extensiva a los “recursos hidráulicos…y de cualquier otra índole relacionada con la naturaleza”. En el artículo 9 de la mencionada Orden General se establece cuales son las misiones de los Equipos del SEPRONA, que deberán existir en la cabecera de cada Comandancia de la Guardia Civil, y entre las que se incluye “la instrucción de atestados”, “buscar y recoger pruebas, indicios o vestigios de cualquier clase relacionados con los hechos causa de las infracciones, poniéndolos a disposición del Juzgado u Organismo competente”. Junto a esta más amplia misión legalmente atribuida ahora, respecto de la históricamente atribuida a la Guardia Civil, debe destacarse el nuevo enfoque policial que la Constitución impone, por la valoración especial que se hace del bien jurídico específico “medio ambiente”. Se reconoce el derecho de todos los ciudadanos a “disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo• (Art. 45). En cuanto a la distribución territorial de competencias que la Ley 2/1986 hace con respecto a Cuerpo Nacional de Policía y Cuerpo de la Guardia Civil, no cabe duda que al tratarse de competencia específica atribuida a esta última, la ha de ejercer en todo el territorio del Estado español. Así se establece, como no podía ser de otra manera, en la exposición de motivos de la Orden General núm. 72, en la que se señala que esta función “por ser exclusiva de la Guardia Civil, la ejercerá en todo el territorio nacional y en su mar territorial. 4.- Conclusión Por todo ello, y ante esta simple exposición, y puesto que, como se dice en la exposición de motivos de la Ley 37/2003, del Ruido, “En la legislación española, el mandato constitucional de proteger la salud (artículo 43 de la Constitución) y el medio ambiente (artículo 45 de la Constitución) engloban en su alcance la protección contra la contaminación acústica”, hay que concluir que: • No plantea cuestión que el ruido continuo y desmesurado en su manifestación ambiental causa contaminación acústica y por tanto es un ataque al medio ambiente. • Tampoco plantea cuestión que la Policía exclusiva en materia de medio ambiente es el Cuerpo de la Guardia Civil, quien en su estructura interna se ha dotado de unos equipos especializados en esta materia, dentro del Servicio de Protección de la Naturaleza que se creó, como hemos señalado, por Orden General núm. 72, de 21 de junio de 1988. El ciudadano, por tanto, en todo caso está legitimado a solicitar el auxilio de la Guardia Civil en los supuestos de infracciones administrativas o penales en materia de medio ambiente, como lo es la contaminación acústica, en cualquier parte del territorio del Estado español.
Hay ruido más allá de la Madrila. Acumulación de bares, incumplimiento de horarios, denuncias. Son algunos de los aspectos sobre los que se movió la redacción de la nueva Ordenanza de Protección Ambiental, que hace especial hincapié en el hecho de... [+ leer noticia]
PRESIDENTE PLATAFORMA ESTATAL CONTRA EL RUIDO, PEACRAM
Estimado Sr. :
Se ha recibido su escrito que ha quedado registrado con el número arriba indicado, al que rogamos haga referencia en caso de dirigirse de nuevo a esta Institución.
Agradezco la información remitida por esa Plataforma y comparto como saben su preocupación por la desatención del ciudadano en relación a la contaminación acústica. Me cabe además indicarle que, como puede esperar, el Defensor del Pueblo sigue tramitando numerosas quejas al respecto, de cuyos resultados pueden encontrar noticia en los informes anuales que son rendidos a las Cortes Generales, además del informe monográfico sobre Contaminación acústica de marzo de 2005, que ya conocen. Saben también que todo ello pueden encontrarlo en la página web de esta Institución, cuya dirección figura al pie de este escrito.
Consideramos que el problema del ruido está muy lejos de verse debidamente atendido y que es cabalmente un asunto de proporciones formidables, por el que las administraciones se ven sobrepasadas por actos de incivismo, aunque ciertamente también se encuentran -en general- muy por debajo de un nivel de desempeño aceptable
Puede contar esa Plataforma con el interés de esta Defensoría en la prosecución de nuestra labor, modesta pero insistente, continua y extensiva. La documentación que amablemente han remitido nos ha parecido de gran interés en cuanto excelente síntesis, y nos complacerá hacer expresa mención de ella en el próximo informe anual.
En los alrededores de la avenida de Portugal no se puede dormir. De día y de noche, según un informe de la Guardia Civil que consta en las diligencias del caso, el ruido de los coches supera con creces, en más de 20, el tope de 60 decibelios que la ley considera tolerable. En los cuatro colegios que hay en ese tramo de la carretera de Extremadura, los alumnos tampoco pueden concentrarse. Incluso con las ventanas cerradas, se oyen los motores y pitidos de los coches, según la queja repetida de los padres.
Una juez imputó en 2007 a tres concejales del Ayuntamiento de Madrid -la edil de Medio Ambiente, Paz González; el de Seguridad, Pedro Calvo, y la de Urbanismo, Pilar Martínez- por un delito de contaminación acústica y atmosférica. Están encausados por no impedir el calvario de cerca de 8.000 vecinos de la avenida de Portugal, que desde hace 30 años soportan más de 80 decibelios de ruido -60 es el nivel máximo tolerable, según la ley- y los humos de los 150.000 coches que pasan cada día justo frente a sus casas. Leer más en
El sábado bajé a la Plaza. Ya cuando entré por Pintores el hedor era insoportable, una mezcla de olor a orín, desinfectante, vinacho, "maría", y todo ello aderezado con los distintos aromas que despiden los cuerpos embadurnados de colonias, desodorantes y diferentes ungüentos. La solución, si no quieres sufrir por tan nauseabundo y viciado aire, es sencilla: te marchas y ya está.
No lo hice. Tenía la curiosidad de comprobar in situ lo que dicen de los maravillosos conciertos ofrecidos por el evento denominado Womad, y me adentré en esa jungla, esquivando borrachines, borrachos y borrachuzos, tambaleantes, con enormes vasos en las manos, garrafas de plástico y botellas, ambas con la parte superior cortada ¿?. Ya en el acceso a la Plaza percibí el zumbido y la onda expansiva de los potentes aparatos de amplificación situados en el escenario. No podía hablar con los que me encontraba en un tono normal y tuve que gritar para hacerme entender. Comprobé con mis ojos, nariz y oídos lo que es el Womad en esta ciudad: incumplimiento de la Ley de Convivencia y Ocio de Extremadura, suciedad, mal olor, e insufrible contaminación acústica, con incumplimiento de la normativa sobre medio ambiente. Adopté, al no desear seguir sufriendo tal presión acústica sobre los oídos y el pecho, la misma solución: largarme del lugar.
Lo mismo que hice hace años con respecto a la Feria. No volver por allí. Pero hay una diferencia. A la Feria, mejor dicho al recinto ferial, si quieres vas y si no no vas, en ejercicio de la libertad que debe presidir cualquier sociedad moderna y democrática. Pero ¿qué sucede cuando este tipo de eventos se realizan en zonas residenciales? Muy sencillo, que se está obligando a los residentes a presenciar o sufrir una actividad, quieran o no, sin poder ejercer esa sagrada y constitucional libertad.
Y más grave aún, esa falta de ejercicio de la Autoridad Estatal, Local o Autonómica para proteger el libre ejercicio de las libertades por parte de algunos ciudadanos, que se ven obligados a soportar una terrible contaminación acústica, ya no sólo en la Plaza y aledaños, sino que se extiende con estos eventos a diferentes zonas residenciales de la ciudad, ordinariamente ya castigadas por esta lacra delictiva durante el resto del año, transgrede lo dispuesto en el art. 9.2 de la Constitución: "Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas"
En el ejercicio de esa libertad, que los residentes de la Plaza y alrededores no pudieron ejercer, yo me vine para mi barrio, pero he aquí que esa libertad sólo me llevó a poder mover mis piernas en huida apresurada hasta mi domicilio, pues llegado al mismo pude comprobar la imposibilidad de poder dedicar mi ocio a descansar y dormir en el sagrado recinto de mi hogar.Sobre las 3'30 de la madrugada el bullicio, chillidos o voces de "cabreros", música de los locales llamados de copas, bocinas de coches, motos sin silenciador, etc. etc. me lo impidieron. Ni siquiera me decidí por llamar a los "Agentes de la Autoridad", pues los contaminados acústicamente ya sabemos cual es su respuesta: NINGUNA. Siguiendo las directrices de sus jefes políticos no intervienen. Al parecer el derecho, durante el tiempo de ocio, al recreo, a dar voces o a beneficiarse crematísticamente del ruido en locales, de forma ilegal, prevalece ante el derecho, durante el tiempo de ocio, al descanso y a dormir.
Por eso, a pesar de lo repugnante que siempre me resulta visitar por las noches la Plaza de Albatros, decidí echar un vistazo. Lo que vi no es para describirlo. Intenté grabar con mi móvil, apoyado en las escaleras que acceden a la Plaza desde Doctor Fleming, pero hube de desistir, pues, incluso, un individuo borrachuzo llegó a salpicarme con su orín cuando a mi espalda procedía a aliviar su vejiga en la misma escalera y mientras una multitud de beodos meones subían y bajaban por las escaleras. Desde el local llamado Ivanhoo o algo parecido salía un ruido espantoso que retumbaba de una forma infernal. Era constante y seguido el sonar de botellas y vasos al estrellarse contra el suelo o paredes. El olor inimaginable a orín, mezclado con un hedor espantoso a alcohol, era insoportable. Pensé en mis hijos de corta edad, y me angustié. Comprendí también la angustia de los residentes en estas viviendas cuando me plantean sus quejas.
Me desplacé hasta el centro de la Plaza de Albatros, frente a un negocio denominado Barroco. El ruido que salía del interior era tan fuerte que sobresalía sobre el ambiental de la Plaza, que ya era ensordecedor. Se unió a mí un buen amigo, que regenta un local de copas, él ya había cerrado, pues a pesar de que, según me dijo, la Autoridad Competente, había autorizado horario LIBRE, (contraviniendo la normativa, claro), no le pareció oportuno permanecer más tiempo de las tres de la madrugada. Ambos quedamos perplejos cuando un individuo, de 25 a 30 años, arrojó el vaso que tenía en la mano contra la cabina telefónica junto a la que nos encontrábamos. Sobre las 6 horas regresé a mi domicilio. Asqueado, sinceramente preocupado por el porvenir de nuestros hijos y el futuro de nuestra sociedad. No pude dormir, pues a pesar de que el bar-discoteca que tengo bajo mi vivienda ya había cerrado, las voces, gritos desgarradores y el tan, tan de unos timbales, no me lo permitieron. Me tomé un café, me fumé un cigarro, ya que después de haber dejado esa absurda costumbre durante tres años, el estado de nervios, desasosiego y crispación, me han vuelto a hacer caer. Observé a mis pequeños, que de vez en cuando se revolvían en su cama y hablaban alguna cosa ininteligible, debido a su alterado sueño.
Me dio pena, me dio rabia; me produjo tristeza, indignación, y una repulsiva sensación hacia los que nos gobiernan con total desprecio de Leyes, Decretos, Bandos y Ordenanzas. Pero también llegué al convencimiento de que tanto desprecio y despotismo por parte del tiránico poder que nos malgobierna, merece una respuesta contundente, una lucha decidida, y en el convencimiento de que la razón nos asiste, una insumisión y rebeldía manifiesta contra un injusto y falso Estado de Derecho.
Se oyen los timbales desde la calle Pintores. Son Jorge, Eduardo, Virginio y David, que han...
Todo esto sucede en el casco histórico de la ciudad de Cáceres. En ese recinto monumental que la UNESCO declaró hace años "Patrimonio de la Humanidad". De la calle se ha apoderado el ruido, la fanfarria, la feria carnavalesca, el Womad, que "el Emperador" local de turno (en este caso Emperatriz) organiza anualmente para gozo y regocijo de sus súbditos, haciéndoles olvidar sus miserias y preocupaciones, al mejor estilo de la época romana...y para dar la puntilla al torturado ciudadano que reside en la ciudad más contaminada acústicamente de España (y de Europa). El titular de la noticia lo dice todo. Extraño concepto de libertad, o más bien amañado por el "poder imperial".
No nos cabe la menor duda sobre nuestra ascendencia romana, por eso del circo. También porque ya en la época del Imperio, según los cronistas, incluso algún Cesar se quejaba del excesivo ruido de la ciudad de Roma, hasta el punto de que le impedía el descanso.
Sólo me consuela que esa misma descendencia haya impregnado del concepto del derecho romano a nuestros Jueces, y nos sirva para que algún día, a requerimiento del ciudadano maltratado, sepan poner orden en este enjambre ruidoso, y hagan ver al despótico poder político que no se puede alegremente y por norma vulnerar los derechos constitucionales en materia de medio ambiente.
Sombra: Puedo entender casi todos los placeres, menos el de producir ruido. El pasado miércoles, hace una semana, se celebraba el Día Mundial contra el ruido y Luis del Olmo entrevistó en su programa Protagonistas a Ignacio Cosculluela, que hizo una defensa del silencio y un duro ataque a las autoridades que permitían que España fuese una potencia mundial en hacer ruido. Tenía toda la razón el señor Cosculluela. Tanto es así que la centralita de Punto Radio, en Madrid y Barcelona, se colapsó con llamadas a favor de Cosculluela y denunciando cientos de casos de agresiones de este tipo. Lo que demuestra hasta que punto hay contaminación sonora. Incluso en las noches de los hospitales. En este país nuestro alguien tiene que decir que hacer ruido es una agresión más y que reeducarnos en el valor del silencio nos convertiría en una sociedad mejor.
La experiencia enseña que el silencio es una disciplina del espíritu. Su práctica evita las exageraciones y las manipulaciones. El sonoro silencio nos deja escuchar otros sonidos. Es cierto, no obstante, que en una sociedad tan mediática como la nuestra el silencio no es rentable. Que si tú callas, otros darán tu versión y no será cierta. Que la palabra sigue siendo una de las herramientas más poderosas del ser humano. Que la grandeza del creador fue ponerle nombres a las cosas y que sin palabras no podríamos ni siquiera escribir esta pequeña alabanza del ser callado.
En actitud de silencio, decía Gandhi, el alma encuentra su camino. En las insomnes horas de la noche de los hospitales, en el botellón eterno del fin de semana, en los ruidos de las calles, en los gritos de los bares, en el feo discutir de los hombres, se oculta, como alcachofa, tras sus múltiples capas, el pecado de nuestro tiempo: hablamos tanto que no escuchamos a los que callan, a los que no tienen voz, a los que no se dejan oír. En el mundo actual son muchos los que hablan y el resto vive en una permanente sordera. Tal vez por eso nos sentimos tan solos en la era de la comunicación. Los sonidos de la vida están ocultos, mientras dejamos que lo artificial vaya ganando la batalla del ruido.